1. Régimen Pro Pyme General (Artículo 14 D3)

Es el régimen por defecto para la gran mayoría de las Pymes constituidas en Chile. En este esquema:

  • La empresa paga Impuesto de Primera Categoría (IDPC) sobre su resultado tributario.
  • Los socios tributan en su Global Complementario únicamente cuando retiran las utilidades de la empresa.
  • El impuesto pagado por la empresa sirve como crédito (descuento) para el impuesto personal de los socios.

Ideal para: Empresas que planean reinvertir sus utilidades acumuladas en inventario, maquinaria o contratación de equipo sin distribuirlas de inmediato a los dueños.

2. Régimen Pro Pyme Transparente (Artículo 14 D8)

Bajo el esquema Transparente, la empresa queda completamente liberada de pagar Impuesto de Primera Categoría. Sin embargo:

  • La utilidad líquida de la empresa "se traspasa" automáticamente a los socios al cierre del ejercicio anual.
  • Cada socio tributa directamente en su impuesto Global Complementario por la cuota que le corresponde de la utilidad, independiente de si retiró el dinero de la caja o no.

Ideal para: Pymes con pocos socios cuyos ingresos personales están en los tramos más bajos o exentos del Global Complementario, o donde la totalidad de la ganancia se distribuye entre los dueños año a año.

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